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Boletín Oficial

Boletin Oficial 10-Octubre 2006

Decreto Nº 26161

REGISTRADO BAJO EL Nº 26.161.,-

Rafaela, 04 de Octubre del 2006.-

 

VISTO: Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S - N° 167.595/8 - Fichero N° 55; y

CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Educación y Cultura a través del área de Educación Ambiental, propone adherir a la Campaña Internacional "A limpiar el mundo", evento que se realizará el día viernes 6 de Octubre del 2006 en nuestra ciudad, con el auspicio del programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente - PNUMA.

Que el objetivo principal es convocar a los ciudadanos para articular acciones en una jornada de limpieza y prevención del uso de productos que por sus efectos residuales dañan el medio ambiente y afectan la calidad de vida .

Que esta actividad recibe el apoyo y es de gran interés para el Municipio, ya que la educación medio ambiental, la difusión de temática de los residuos sólidos urbanos y la promoción del conocimiento del deterioro del Medio Ambiente, son tareas que comprometen la labor educativa de las familias, los establecimientos escolares, instituciones intermedias y ONG de nuestra comunidad.

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE RAFAELA

D E C R E T A

Art. 1°).-Adhiérese la Municipalidad de Rafaela a la Campaña Internacional "A limpiar el mundo", auspiciada por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) , de la cual participarán alumnos, familiares y docentes de establecimientos educativos, instituciones intermedias y ONG a la jornada a efectuarse el día viernes 6 de Octubre de 2006, organizada por la Secretaría de Educación y Cultura, a través de su área de Educación Ambiental.

Art. 2°).- La adhesión de referencia significa el reconocimiento de gastos hasta la suma de Pesos Un Mil Doscientos ($ 1.200.-) importe estimado para la adquisición de insumos apropiados (guantes especiales, bolsas de recolección diferenciada) y material de difusión (volantes, cartulinas) a distribuirse en los sectores involucrados.

Art. 3°).- La Secretaría de Educación y Cultura deberá rendir cuenta documentada del destino dado a los fondos en el plazo de cinco (5) días de la realización de la compañía, conforme a las normas de facturación vigentes.-

Art. 4°).- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará en: B.5.1.6.1.20.45.1/6 -Apoyo a Programas Especiales Educativos.-

Art. 5°).- El presente será refrendado por la señora Secretaria de Educación y Cultura

Art. 6°).- Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese y archívese.

 

 

 

 

 

 

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