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Boletín Oficial

Boletín Oficial 02-Febrero 2006

Decreto Nº 24967

Rafaela, 17 de Febrero del 2006.-

VISTO: Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra U - Nº 200.945/4 - Fichero N° 63; y

CONSIDERANDO: Que el señor Jefe de la Unidad V° de Policía, mediante nota de fecha 24 de Enero del 2006, ha solicitado a este Municipio la colaboración en combustible para uso exclusivo de los móviles afectados a las distintas dependencias de la referida Unidad.

Que dicho pedido radica en la necesidad de intensificar el patrullaje y recorridas en los distintos barrios de la ciudad e implica la continuación de políticas de colaboración y cooperación entre Policía de la Provincia y el Municipio.-

Que se han unificado en un único trámite administrativo, las colaboraciones prestadas a todas las dependencias policiales, tal cual lo solicitara el señor Jefe de la Unidad Regional V°, estableciéndose cupos mensuales, para el año en curso.

Que luego de diversas reuniones de evaluación y seguimiento de los aportes destinados a combustibles efectuados por el Municipio, se concluyó en la necesidad de extender el destino de fondos a otros insumos y elementos necesarios para optimizar el funcionamiento del Comando Radioeléctrico.-

Que tal definición se llevó a cabo durante el ejercicio 2005 y se extenderá, a partir del presente, al período 2006, habida cuenta la utilidad del subsidio.-

Que la Dirección de Contaduría informa la partida presupuestaria en la que debe impu- tarse el gasto.

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE RAFAELA

D E C R E T A

Art. 1º).- Autorízase a la Secretaría de Hacienda para que a través de las áreas correspondientes efectúe

la provisión de combustible, de manera mensual, durante el transcurso del año 2006 y a partir del mes de enero a las siguientes dependencias policiales de la Unidad Regional V° de Policía:

Seccional Primera ................................. 50 lts. Gas Oil

Seccional Segunda ................................. 50 lts. Nafta Super

Seccional Decimotercera ....................... 55 lts. Nafta Super

Sub comisaría Veintiséis ........................45 lts. Nafta Super

Destacamento siete (Bº 17 de Octubre)... 40 lts Nafta Super

Comando Radioeléctrico .................... equivalente a 1.160 lts. Nafta Super para insumos de dicho cuerpo.

Art. 2º).-Las dependencias policiales beneficiarias deberán destinar el objeto del presente únicamente a las

unidades móviles afectadas a patrullaje y recorridas en los barrios correspondientes a cada jurisdicción y en el caso del Comando Radioeléctrico además de ello a la adquisición de insumos para el servicio, debiendo realizar la correspondiente rendición documentada de modo bimestral.

Art. 3º).- Derógase toda otra disposición que se oponga al presente.

Art. 4º).- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará en: B.1.3.1.13.115.1/8 - Aportes para Prevención y Seguridad.

Art. 5º).- El presente será refrendado por la señora Secretaria de Coordinación General de Intendencia a cargo de la Secretaría de Gobierno.

Art. 6º).- Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese y archívese.

 

 

 

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