Boletín Oficial
Boletín Oficial 06-Junio 2006
Decreto Nº 25616
REGISTRADO BAJO EL Nº 25.616.-
Rafaela, 28 de Junio del 2006.-
VISTO: Las actuaciones obrantes en los Expedientes Letra A - N° 175.615/4 - Fichero N° 57, Letra E - N° 195.651/5 - Fichero N° 62; y
CONSIDERANDO: Que mediante Decreto N° 24.199 de fecha 4 de Octubre del 2.005, la Municipalidad otorga a la Escuela Particular Incorporada N° 1075 "25 de Mayo", un subsidio mensual, destinado a cubrir parte de los gastos laborales que demande el normal funcionamiento de las salas de 3 y 4 años en las instalaciones de la Escuela, a partir del mes de Agosto y hasta tanto los cargos sean cubiertos por el presupuesto del Ministerio de Educación de la Provincia, hecho que hasta la fecha no se ha producido.
Que la Escuela N° 1075 ha solicitado al Municipio por nota del día 19 de Mayo del 2006, una ayuda económica que les permita afrontar el costo que demandó el reemplazo de una docente por el período comprendido entre el 5 de Mayo hasta el 19 de Mayo, quien se encontraba de licencia por atención de familiar.
Que esta Secretaría de Educación y Cultura, considera necesario acceder a lo solicitado con el objetivo de hacer frente a tal situación.
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE RAFAELA
D E C R E T A
Art. 1°).- Otórgase a la Escuela Particular Incorporada N° 1075 "25 de Mayo", un subsidio de Pesos Doscientos Cuarenta ($ 240.-) destinado a cubrir el gasto que demandó el reemplazo de una docente por el período comprendido entre el 5 de Mayo y el 19 de Mayo, quien se encontraba de licencia por atención de familiar.
Art. 2°).- El Representante Legal del Establecimiento, Ingeniero Homero Ingaramo, rendirá cuenta documentada del destino dado a los fondos recibidos ante la Secretaría de Hacienda, según normas de facturación vigente, en el término de 5 días de recibido el mismo.
Art. 3°).- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará en: B.1.3.1.23.102/6 - Otras Contribuciones Culturales y Deportivas.
Art. 4°).- El presente será refrendado por la señora Secretaria de Educación y Cultura.
Art. 5°).- Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese y archívese.