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Boletín Oficial

Boletín Oficial 01-Enero 2006

Decreto Nº 24834

Rafaela, 25 de Enero del 2006.-

VISTO: Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra E - N° 198.756/9 - Fichero N° 62; y

CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto N° 24.192 se llamó a Licitación Privada para la adquisición de ochenta (80) columnas para ser destinadas a la Obra de Remodelación del Alumbrado Público del barrio Independencia.

Que en el acto de apertura, llevado a cabo el día 21 de Octubre del 2005, se presentaron dos ofertas, correspondiendo las mismas a las siguientes firmas: ARCA MARINO y DAVICINO S.A.

Que, de la evaluación de los requisitos formales realizada surge que ambos oferentes han cumplimentado con la totalidad de los mismos.

Que, de la evaluación técnica obrante a fojas 156 vta. del presente expediente surge que se habilitan las ofertas para su adjudicación.

Que, ninguno de los oferentes tiene deuda con la Municipalidad de Rafaela.

Que, ambos oferentes cotizaron las dos formas de pago previstas en el pliego.

Que, de la evaluación económica surge que resulta conveniente a los intereses municipales optar por la forma de pago prevista en el inciso b) del artículo 6° del Decreto de llamado a Licitación.

Por ello, el PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL a cargo de la INTENDENCIA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE RAFAELA

D E C R E T A

Art. 1º).- Adjudícase a la firma DAVICINO S.A. con domicilio en Avda. Zóbboli N° 440 de la ciudad de Rafaela, la adquisición de ochenta (80) columnas previstas en el ítems 1 del Anexo II del Decreto N° 24.192, destinadas a la Obra de Remodelación del Alumbrado Público del Barrio Independencia, en un todo de acuerdo a su propuesta y al mencionado Decreto, por la suma de Pesos Veintiún Mil Doscientos ($ 21.200.-), pagaderos de acuerdo a lo establecido en el artículo 6°) inciso b) del decreto de llamado a licitación y en un todo de acuerdo a su oferta y al mencionado decreto.

Art. 2º).- Los plazos, la vigencia y demás condiciones de la contratación se regirán por las disposiciones emanadas del Decreto N° 24.192.

Art. 3°).- El presente será refrendado por la señorita Secretaria de Hacienda y por el señor Subsecretario de Obras Públicas y Privadas a cargo de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.

Art. 4°).- Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese y archívese.

 

 

 

 

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