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Boletín Oficial

Boletín Oficial 04-Abril 2006

Decreto Nº 25170

REGISTRADO BAJO EL N° 25.170

Rafaela, 05 de Abril del 2006.-

VISTO: Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S - Nº 200.042/0 - Fichero Nº 62; y

CONSIDERANDO: Que por Ordenanza Nº 3.039 se crea el "Parque de Actividades Económicas de Rafaela" (P.A.E.R.), que se encuentra ubicado en el Área de Actividades Económicas, dispuesta por Ordenanza Nº 2.914, autorizándose la ejecución de las obras pavimento, mejorado con ripio, desagües, alumbrado público.

Que mediante convenio suscripto en Octubre del 2005 entre el Superior Gobierno de la Provincia, representado por el Ministro de la Producción y la Municipalidad de Rafaela, se otorga a ésta, a través de la Resolución Nº 636, un aporte no reintegrable con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas, con destino a obras de infraestructura consistentes en cordón cuneta con estabilizado de suelo-ripio, obras de desagües y obras y equipamiento para el Resguardo Aduanero dentro del Parque de Actividades Económicas de Rafaela (P.A.E.R.).

Que la Secretaría de Programación Económica solicita a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos la ejecución de un mejorado con cordón cuneta con ripio en calles de un sector del " Parque de Actividades Económicas de Rafaela" (P.A.E.R.).

Que atento a los costos de la obra corresponde llamar a Licitación Pública para contratar la mano de obra y la provisión de materiales necesarios para la ejecución de dicha obra.

Que la metodología aplicada se ampara en la Ley Provincial Nº 5188.

Que la Secretaría de Hacienda informa sobre la partida presupuestaria a la cual corresponde imputar dicha operación.

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE RAFAELA

D E C R E T A

Art. 1º).- Dispónese la ejecución de la Obra de Cordón Cuneta con estabilizado granular de suelo-ripio en las calles de un sector del "Parque de Actividades Económicas de Rafaela" (P.A.E.R), según el siguiente detalle:

cantidad cuadras

calle A. CULZONI entre S. Valvo y 500 Millas Argentinas............................. 4

calle GDOR. S. BEGNIS entre J. López Caula y 500 Millas Argentinas.................. 2

calle PTE. A. FRONDIZI entre S. Valvo y J. López Caula......................................... 2

calle J. LÓPEZ CAULA entre J. A. Oliveras y Pte. J. D. Perón............................ 4

total........................ 12

Art. 2º).- Apruébanse el Pliego General de Condiciones, el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias, el Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, el Pliego de Especificaciones Técnicas Complementarias, el Presupuesto Oficial, y demás documentación obrante en el Expediente Letra S - N° 200.042/0 - Fichero N° 62, que se tendrá como parte integrante del presente, correspondiente a la Obra CORDÓN CUNETA CON SUELO - RIPIO Y DESAGÜES EN UN SECTOR DEL PARQUE DE ACTIVIDADES DE RAFAELA (P.A.E.R).

Art. 3°).- OBJETO: Llámase a Licitación Pública para la contratación de mano de obra y la provisión de materiales con el objeto de la ejecución parcial del cordón cuneta con ripio en calles del "P.A.E.R." de esta ciudad, en un todo de acuerdo al Pliego General de Condiciones, Pliego de Bases y Condiciones Complementarias, Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, el Pliego de Especificaciones Técnicas Complementarias, los Planos Generales y de Detalle, el Presupuesto Oficial, obrante en el Expediente Letra S - N° 200.042/0 - Fichero N° 62, el presente Decreto, la Ley Provincial Nº 5188, y el Decreto - Ordenanza Nº 3.090.

Art. 4°).- PRESUPUESTO, SELLADO Y PLIEGO: Fíjanse los siguientes valores:

a) El Presupuesto Oficial asciende a la suma de Pesos Trescientos Ochenta y Seis Mil Setecientos ($ 386.700.-)

b) El Sellado será de Pesos Ciento Noventa y Tres con Treinta y Cinco Centavos ($ 193,35.-)

c) El Valor del Pliego se ha fijado en Pesos Ciento Noventa y Tres con Treinta y Cinco Centavos ($ 193,35.-)

Los Pliegos deberán adquirirse en la Dirección de Compras de la Municipalidad de Rafaela, sita en calle Moreno Nº 8 - 2° Piso - de esta ciudad de Rafaela, en días hábiles municipales y hasta el día y hora fijados para la apertura de sobres.

Art. 5°).- LAS PROPUESTAS: Las ofertas deben ser presentadas en la Dirección de Compras de la Municipalidad de Rafaela con la siguiente inscripción: "Municipalidad de Rafaela - Dirección de Compras - calle Moreno N° 8 - 2° Piso - 2300 Rafaela (Santa Fe)- Licitación Pública Decreto N° , CORDÓN CUNETA CON SUELO - RIPIO Y DESAGÜES EN UN SECTOR DEL PARQUE DE ACTIVIDADES DE RAFAELA (P.A.E.R.); hasta la hora fijada para la apertura de las propuestas.

Art. 6°).- APERTURA DE LAS PROPUESTAS: Las propuestas se abrirán en dependencias de la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Rafaela, calle Moreno N° 8 - 2° Piso - Rafaela (Santa Fe), el día , a las Nueve (09:00) horas, o el día hábil inmediato posterior a la misma hora si aquel resultara feriado o no laborable para la Administración Pública Municipal.

Art. 7°).- FORMA DE COTIZAR: Los oferentes deberán cotizar necesariamente por el total de los ítems indicados en el presupuesto oficial; dejándose aclarado que serán rechazadas las ofertas en las que no se cotice por el total de trabajos y/o materiales que figuren en cada ítem.

Las ofertas deberán presentarse en el formulario propuesta - u otro de igual texto al inserto en los respectivos pliegos.

Art. 8°).- IMPUESTO AL VALOR AGREGADO: La Municipalidad de Rafaela es ente público y no realiza actividades gravadas por el Impuesto al Valor Agregado, la condición de la misma en dicho impuesto es de Sujeto exento.

Art. 9°).- MANTENIMIENTO DE OFERTAS: Las ofertas deberán mantenerse por el plazo de noventa (90) días corridos contados a partir del día siguiente al del acto de apertura de las ofertas.

Art. 10°).- INVARIABILIDAD DE LOS PRECIOS : Los precios que consten en las ofertas, estarán consignados en pesos ($) y serán invariables; no admitiéndose el reajuste de los mismos.

Serán rechazadas las ofertas que contravengan lo dispuesto en el presente artículo.

Art. 11º).- ACEPTACIÓN DE OFERTAS: La Municipalidad de Rafaela, se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas, sin que ello genere derecho a reclamo alguno por parte de los proponentes.

Art. 12º).- Déjase aclarado que el adjudicatario deberá ajustarse a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 2.849.

Art. 13º).- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará en: B.2.1.2.21.103/1 - Parque de Actividades Económicas.

Art. 14°).- El presente será refrendado por la señorita Secretaria de Hacienda y por el señor Secretario de Obras y Servicios Públicos.

Art. 15°).- Regístrese, pase a la Dirección de Compras. Comuníquese, notifíquese, publíquese y archívese.

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Correo: consultas@rafaela.gob.ar
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