Ética Pública y Transparencia

Biblioteca Virtual

Boletín Oficial

Boletin Oficial 09-Setiembre 2006

Decreto Nº 26123

REGISTRADO BAJO EL Nº 26.123.-

Rafaela 22 de Setiembre del 2006.-

VISTO: Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra E - Nº 204.213/3 - Fichero N° 63; y

CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos solicita la adquisición de materiales y elementos necesarios para el Mantenimiento del Alumbrado Público y Servicios, para un término de Seis (6) Meses.

Que atento al monto de la inversión a efectuarse es necesario convocar a Licitación Pública para efectuar dicha compra.

Que la Secretaría de Hacienda informa sobre la partida presupuestaria a la cual corresponde imputar la erogación.

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE RAFAELA

D E C R E T A

Art. 1º).- OBJETO: Llámase a Licitación Pública para la adquisición de los materiales y elementos que se detallan en el Anexo I, con las características técnicas que se mencionan en el Anexo II que forma parte integrante del presente Decreto, las que se destinarán al mantenimiento del Alumbrado Público y Servicios, en un todo de acuerdo con el Pliego de Bases y Condiciones Generales para Licitar la compra de bienes y prestaciones de servicios (Ordenanzas N° 2.026 y sus modificatorias), los Anexos: I (Listado de materiales); II (Especificaciones Técnicas); III (Planilla de Cotización) y el presente Pliego.

Art. 2º).- PRESUPUESTO, SELLADO Y PLIEGO: A los fines previstos por los artículos 14° y 19° inciso a) de la Ordenanza N° 2.026, fíjase los siguientes valores:

a).- PRESUPUESTO OFICIAL: Pesos Seiscientos Mil ($ 600.000.-)

b).- SELLADO MUNICIPAL: Pesos Doscientos ($ 200.-)

c).- VALOR DEL PLIEGO: Pesos Trescientos ($ 300.-)

Los pliegos podrán adquirirse en la Dirección de Compras de la Municipalidad de Rafaela - calle Moreno Nº 8 - 2º Piso de la ciudad de Rafaela en días hábiles municipales hasta el día y la hora fijada para la apertura de sobres.

Art. 3°).- LAS PROPUESTAS: Las propuestas deberán presentarse en la Dirección de Compras de la Municipalidad de Rafaela, (calle Moreno N° 8 - 2° Piso - Rafaela), hasta el día y hora fijados para la apertura de cada uno, en sobre cerrado, con la siguiente inscripción:" MUNICIPALIDAD DE RAFAELA - Dirección de Compras - Calle Moreno N° 8 (2° Piso) - 2300 - Rafaela (Santa Fe) - Licitación Pública Decreto N° 26.123 - Adquisición de Materiales y elementos ".

Serán rechazadas y no serán abiertas aquellas ofertas que lleguen con posterioridad al día y hora fijados para la apertura, incluidas las que lleguen por correo o cualquier otro medio, aún cuando se pruebe que fueron despachadas con anterioridad.

Art. 4º).- DOCUMENTACIÓN: El proponente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos:

a) Recibos o comprobantes oficiales, en original, que acrediten el pago del Sellado Municipal por la suma de Pesos Doscientos ($ 200.-)

b) Recibos o comprobantes oficiales, en original, que acrediten el pago del Pliego Municipal por la suma de Pesos Trescientos ($ 300.-)

c) Garantía de mantenimiento de oferta, por la suma de Pesos Seis Mil ($ 6.000.-) constituida mediante alguna de las siguientes formas:

1. Póliza de seguro de caución extendida por Compañía de Seguros autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación.

2. Pagaré sin protesto a la orden de la Municipalidad de Rafaela, firmado por el adjudicatario y el garante, debiendo constar en el mismo el pago del impuesto de sellos correspondiente.

3. Depósito en garantía en el Nuevo Banco Santa Fe S.A., sucursal Rafaela

d) Apellido y nombres o razón social del oferente.

e) Si fuere una sociedad legalmente constituida, se acompañará fotocopia del contrato social debidamente inscripto en los Registros respectivos, certificada por autoridad Judicial o notarial

f) Domicilio real y domicilio legal del proponente.

g) La aceptación expresa del sometimiento de la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Rafaela, para cualquier cuestión judicial que se plantee con motivo de la contratación, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponder, inclusive el Federal.

h) La declaración expresa de que el oferente se obliga a cumplir con las disposiciones del presente Pliego, del Decreto de llamado a Licitación y de toda otra norma que rija el acto licitatorio.

i) El comprobante de inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de Rafaela.

Si el proponente no estuviere inscripto deberá estarse a lo dispuesto en el artículo 8º de la Ordenanza N° 2.026 y sus modificatorias.

j) Propuesta económica en los formularios de cotización que se adjuntan al presente decreto, firmados por el oferente y confeccionada según las disposiciones de la Ordenanza N° 2.026 y sus modificatorias y las indicaciones del presente decreto.

k) Presentación de especificaciones técnicas de productos ofertados conjuntamente en el acto de apertura, en un todo de acuerdo al detalle que consta en el Anexo II - Especificaciones Técnicas.

l) Pliego, sellado y firmado en todas sus hojas, por el Proponente.

m) Certificado de Libre Deuda de Tributos en Municipalidad de Rafaela, expedido por Dirección de Finanzas - 2º Piso - Moreno N° 8 - Rafaela

n) Certificado de Libre Deuda de Multas de Tránsito en la Municipalidad de Rafaela, expedido por Juzgado Municipal de Faltas Bv Hipólito Irigoyen N° 421 - Rafaela

ñ) Fotocopia de inscripción en CUM - Cuenta Única Municipal - expedida por oficina CUM y libre deuda - Planta baja - Moreno N° 8 - Rafaela

o) Nota con carácter de declaración jurada , manifestando que el oferente no se encuentra en ningún estado concursal, ni falencial, ni liquidativo, ni tampoco inhabilitado o inhibido para disponer de sus bienes.

Los importes totales del ítem deben consignarse de acuerdo a cada forma de pago que se estipula en el presente, así como las alternativas, con el valor final; de modo tal que para su evaluación no sea necesario ninguna operación matemática.

Por otra parte NO SE TENDRÁN EN CUENTA LAS ACLARACIONES, COTIZACIONES O ALTERNATIVAS UBICADAS AL DORSO DE LAS PLANILLAS, debiendo utilizar la cantidad de planillas que considere necesario, enumerándolas correctamente.

Las cotizaciones deben ser presentadas legibles tanto en la descripción de la marca como la cotización en pesos propiamente dicha, en caso de la imposibilidad de interpretar claramente el escrito, no será tenida en cuenta para la adjudicación.

Las cotizaciones que se ofertan como alternativas deberán consignarse a continuación de la oferta básica. Se asignará como oferta básica a la primer cotización que figure en la planilla de cotización.

No se admitirá que se cotice en forma parcial, quedando entendido que debe cotizarse la totalidad del ítem.

Serán rechazadas todas las ofertas que coticen contraviniendo lo dispuesto en este artículo.

La totalidad de la documentación a presentar deberá estar firmada por el oferente, representante legal o persona expresamente autorizada a ese fin, acompañando la documentación que acredite que cuenta con poder suficiente para representar a la oferente en originales o fotocopias certificadas ante autoridad judicial o notarial.

Cuando el firmante sea persona autorizada, deberá adjuntar fotocopia de poder debidamente inscripto en los Registros respectivos, certificada por autoridad judicial o notarial.

Las propuestas que se presenten sin acreditar cumplimiento de los incisos a), b), c), d), j) y k) del presente artículo, serán rechazadas en el mismo acto de apertura de las ofertas.

El cumplimiento de los demás requisitos podrá ser subsanado dentro del plazo de Cinco (5) días desde la notificación de la omisión.

Superado este plazo sin el cumplimiento de los requisitos faltantes, se procederá a la exclusión de la oferta.

Art. 5°).- FORMA DE COTIZAR:

Las ofertas deberán ajustarse a los requisitos establecidos en la Ordenanzas N° 2.026 y sus modificatorias.

Por otra parte NO SE TENDRÁN EN CUENTA LAS ACLARACIONES, COTIZACIONES O ALTERNATIVAS UBICADAS AL DORSO DE LAS PLANILLAS, debiendo utilizar la cantidad de planillas que considere necesario, enumerándolas correctamente.

La oferta debe ser acompañada de la marca comercial del producto ofrecido, indicando una y sólo una por ítem cotizado, pudiendo expresar segundas o terceras marcas como alternativa.

Las cotizaciones de los materiales que se ofertan como alternativas deberán consignarse a continuación de la oferta básica, del ítem correspondiente .

Se asignará como oferta básica a la primer cotización del ítem que figure en la planilla de cotización.

Los oferentes podrán cotizar por uno, algunos o todos los ítems que constan en el Anexo I que es parte integrante de este Pliego.

No se admitirá que se cotice en forma parcial, quedando entendido que debe cotizarse la totalidad del ítem.

Déjase aclarado que la Municipalidad en el caso de ítems que prevén alternativas según el anexo de este Pliego, adjudicará únicamente la que le resulte más conveniente a sus intereses.

Serán rechazadas todas las ofertas que se coticen contraviniendo lo dispuesto en este artículo.

Art. 6º).- FORMA DE PAGO: Las formas de pago obligatorias a) y b) a cotizar por los oferentes, son las siguientes:

a) Pago a 10 días de fecha factura, recibida en conformidad

b) Pago a 30 días de fecha factura, recibida en conformidad

c) Otra forma de pago distintas a las precedentes

Queda expresamente indicado que los pagos corresponderán cuando se produzca la Entrega Total de cada ítem adjudicado y recibido en conformidad.

Art. 7º).- INVARIABILIDAD DE PRECIOS: Los precios que se coticen en las ofertas serán invariables, no admitiéndose el reajuste de precios. Serán rechazadas las ofertas que contravengan lo dispuesto por este artículo".

Art. 8º ).- APERTURA DE LAS PROPUESTAS: Las propuestas se abrirán en Dependencias de la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Rafaela (Calle Moreno N° 8 - 2° Piso - 2300 - Rafaela), el día 27 de Octubre del 2006 a las Nueve (09:00) horas, o el día hábil inmediato posterior a la misma hora si aquel resultare feriado o no laborable para la Administración Pública Municipal.

Podrán estar presentes todos los interesados y cuanta persona desee asistir al acto.

No se admitirán discusiones y los proponentes o sus representantes, únicamente podrán formular observaciones al acto de apertura o a las ofertas, en forma concreta y verbal y ajustadas estrictamente a los hechos-documentos vinculados con el acto de apertura.

Las personas que invoquen representación deberán acreditarla mediante poderes otorgados en legal forma.

Art. 9º).- MANTENIMIENTO DE OFERTAS: Las ofertas deberán mantenerse por un plazo de 30 días hábiles municipales contados a partir del día inmediato siguiente al del acto de apertura de las ofertas.

Serán de aplicación las disposiciones del artículo 24° de la Ordenanza N° 2.026.

Art. 10º).- ADJUDICACIÓN: La Municipalidad, a su exclusivo criterio, adjudicará la licitación a la oferta que más convenga a sus intereses, pudiendo rechazar todas las ofertas si ello resultara beneficioso a los intereses municipales, sin derecho a reclamo alguno por parte de los proponentes.

La Municipalidad se reserva el derecho de aumentar o disminuir la cantidad del ítem a adquirir, hasta un Veinte (20 %) por ciento del total indicado.

La Municipalidad se reserva el derecho de anular la presente licitación, sin que ello de derecho a los oferentes, sean adjudicatarios o no, a reclamos de ningún tipo, y devolverá a estos los montos que hubieren abonado en concepto de precio del pliego sin actualizaciones ni intereses de ningún tipo, y las garantías que hubiere presentado dentro de los cinco (5) días hábiles de notificada dicha decisión.

Dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la notificación de la adjudicación de la Licitación, quien resultare adjudicatario de la misma deberá presentarse a firmar el Contrato respectivo. Si así no lo hiciera, la Municipalidad podrá, a su criterio, revocar la adjudicación sin que esto de derecho al adjudicatario a reclamo por ningún concepto.

Art. 11º).- GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN: El oferente que resulte adjudicatario de la licitación de la licitación deberá constituir, dentro de los diez (10) días de notificado del Decreto respectivo y como requisito previo e indispensable a la firma del contrato, una Garantía de Adjudicación, por un monto equivalente al cinco (5 %) por ciento del total adjudicado. La misma podrá constituirse en alguna de las formas establecidas en el articulo 4º inciso c) del presente

Art. 12º).- PLAZO DE ENTREGA: Los materiales deben ser entregados dentro de los Treinta (30) días de la fecha de firma del contrato.

La falta de cumplimiento de las entregas en tiempo y forma, por razones ajenas al Municipio, hará pasible al adjudicatario de una multa equivalente al Cero Uno ( 0,1 %) por ciento diario por cada día de atraso del importe de los materiales no entregados.

Art. 13º).- FORMA Y LUGAR DE ENTREGA: El material licitado deberá ser entregado en el Corralón Municipal - Sección Almacenes, sito en calle Ramón y Cajal y Tucumán de la ciudad de Rafaela (Santa Fe), en días y horas hábiles municipales, libre de gastos de flete o embalaje, corriendo por cuenta del adjudicatario los gastos de descarga correspondientes.

Los materiales entregados deben ser de la marca adjudicada indefectiblemente, excepto causas de fuerza mayor debidamente justificadas y autorizada en forma expresa por el Municipio.

Art. 14º).- GARANTÍA POR MATERIALES ENTREGADOS: La Municipalidad establece un plazo de garantía de los materiales entregados de Noventa (90) días. La fecha de recepción de los materiales se tomará como iniciación del Plazo de Garantía.

Durante el citado plazo, el adjudicatario será responsable de todas aquellas reposiciones o defectos provenientes de la mala calidad de cualquiera de los componentes o accesorios.

El adjudicatario queda liberado de dicha obligación si la avería o deficiencia fuere consecuencia de mano de obra deficiente o supuestos de fuerza mayor o caso fortuito.

Art. 15º).- En caso de producirse el fallecimiento o declaración de quiebra del adjudicatario, se establece la posibilidad de continuar o rescindir el contrato de adjudicación.

Art. 16º).- En todos los aspectos no contemplados por este Decreto, serán de aplicación las disposiciones de la Ordenanza N° 2.026 y sus modificatorias, de la Municipalidad de Rafaela.

Art. 17º).- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará en: B.2.1.2.16.103/5 - Mantenimiento Servicios, Señalización Lumínica Vial.

Art. 18º).- El presente será refrendado por la señorita Secretaria de Hacienda y por el señor Secretario de Obras y Servicios Públicos.

Art. 19º).- Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese y archívese.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CONTACTO
Tel: 03492 - 502000 al 502007
Correo: consultas@rafaela.gob.ar
Moreno 8 - Rafaela - Santa Fe
SITIO OFICIAL
Moreno 8 - Rafaela - Santa Fe - Argentina - Teléfonos: (0054 3492) 502000 al 502007 / Fax: (0054 3492) 426611
Email: consultas@rafaela.gob.ar - Web: www.rafaela.gob.ar