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Boletín Oficial

Boletin Oficial 08-Agosto 2006

Decreto Nº 25871

REGISTRADO BAJO EL Nº 25.871.-

Rafaela, 15 de Agosto del 2006.-

VISTO: Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra A - Nº 175.615/4 - Fichero N° 57; y

CONSIDERANDO: Que mediante Decreto N° 24.199 de fecha 4 de Octubre del 2005, la Municipalidad otorga a la Escuela Particular Incorporada N° 1075 "25 de Mayo", un subsidio mensual, destinado a cubrir parte de los gastos laborales que demande el normal funcionamiento de las salas de 3 y 4 años en las instalaciones de la Escuela, a partir del mes de agosto y hasta tanto los cargos sean cubiertos por el presupuesto del Ministerio de Educación de la Provincia, hecho que hasta la fecha no se ha producido.

Que la Municipalidad de Rafaela otorgó a la Escuela N° 1075, un subsidio de Pesos Doscientos Cuarenta, mediante Decreto Nº 25.616, de fecha 28 de Junio del año en curso, atendiendo el pedido efectuado por la Institución, que les permitió afrontar el costo que demandó el reemplazo de una docente por el período comprendido entre el 5 de Mayo hasta el 19 de Mayo, quien se encontraba de licencia por atención de familiar.

Que según lo manifestado en nota de l 1 de Junio del 2006, la Escuela, nuevamente solicita un aporte económico para solventar el costo del reemplazo de la docente desde el 1 de Junio hasta el 15 de Junio del 2006, teniendo en cuenta el fallecimiento del familiar.

Que esta Secretaría de Educación y Cultura, considera necesario acceder a lo solicitado con el objetivo de hacer frente a tal situación.

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE RAFAELA

D E C R E T A

Art. 1°).- Otórgase a la Escuela Particular Incorporada N° 1075 "25 de Mayo", un subsidio de Pesos Trescientos ($ 300.-) destinado a cubrir el gasto que demandó el reemplazo de una docente por el período comprendido entre el 1 de Junio hasta el 15 de Junio del 2006, quien se encontraba de licencia por atención de familiar.

Art. 2°).- El señor Presidente de la Asociación Civil Modesto Verdú, Ingeniero Homero Ingaramo, rendirá cuenta documentada del destino dado a los fondos recibidos ante la Secretaría de Hacienda, según normas de facturación vigente, en el término de cinco (5) días de recibido el mismo.

Art. 3°).- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará en: B.1.3.1.23.102/6 - Otras Contribuciones Culturales y Deportivas.

Art. 4°).- El presente será refrendado por la señora Secretaria de Educación y Cultura.

Art. 5°).- Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese y archívese.

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